sábado, 22 de enero de 2011

CANON DE LA DEPURADORA

En las aldeas cobran la depuración de vertidos que no se depuran, amen del agua que sacan de Aracena en tiempos de sequía..........

 Iñigo Amian Azcoitia.  


Cascabullo dice:

 P: Me gustaría Iñigo que no engañases a nadie en el tema de la DEPURACION  Ó  VERTIDOS.

Nunca has trabajado en un Ayuntamiento o en una Confederacion Hidrográfica, por lo tanto no tienes por que saber que  es un canon de DEPURACIÓN O VERTIDOS. Como veo que no lo sabes, podrías guglear un poco y buscar de que se trata. O en su defecto entrar en las webs de Las Confederaciones Hidrográficas o bien del Guadiana o del Guadalquivir y así poder leer el artículo 105 de la Ley de Aguas de 1985.  Ya pongo yo el enlace o link para que le eches un vistazo:

http://www.biologia.edu.ar/tesis/forcillo/pdf/legislaci%C3%B3n.pdf

R: Gracias Cascabullo por tu comentario.
Tienes toda la razón, nunca he trabajado en un ayuntamiento como personal del mismo y nunca he trabajado en una confederación hidrográfica y tal y como dices no estoy al corriente de lo que es un canon de depuración o vertidos.
Si te diré que en todas las visitas que he hecho por el momento a las aldeas es lo que me han transmitido los vecinos y ten por seguro que mi intención no es ni ha sido nunca la de mentir. No quiero ni un solo voto ganado con mentiras y si mi destino es estar en la oposición siempre, así lo haré y mientras esté lo haré de la mejor manera posible y al servicio de todos.
Te agradezco personalmente que me llames la intención sobre este asusto y me dispongo a leer con atención el enlace que pones, pero sobre todo te agradezco el tono tan cordial y respetuoso que has empleado para hacerlo.
Son muchos los temas que aun no domino pero te aseguro que tengo todo el interés en todos ellos y si me equivoco corrijo, lo hago todos los días.
Gracias de nuevo y en breve te volveré a contestar.
Si no te importa parece que tu sí estas al día en materia de aguas, me gustaría poder hablar contigo y que me informaras de todo para no volver a meter la pata. Iñigo Amian Azcoitia  

P: No te preocupes Iñigo, yo me equivo más que tu. También soy humano, y como tal debemos aceptarlo y asumirlo y congeniar unos con otros con nuestras equivocaciones y con nuestros errores.
Volviendo al tema anterior, el Canon de DEPURACIÓN O VERTIDOS, es una multa, sí una multa que pagamos todos, unos de una forma y otros de otra, unos por verter a los cauces de los ríos SIN DEPURAR como es el caso de nuestras aldeas y otros pagamos por verter depurados como es el caso de nuestra ciudad.
Este canon antes los pagaban todos los ayuntamientos a las Confederaciones, hoy en en día como existen empresas suministradoras de aguas en la mayoría de los municipios, son las encargadas de la gestión de nuestros recursos hídricos, son estas las que pagan dicho canon, ni que decir tiene que a costa de nuestros bolsillos

R: Querido amigo:
He leído con mucha atención el link que has dejado y te lo agradezco de veras. También tu explicación del tema.
Pero quería que me aclararas un par de cosas. En la ley se especifica que los vertidos autorizados se gravarán con un canon destinado a la protección y mejora del medio receptor. Bien si en las aldeas de Aracena se cobra este canon y no se realizan esas mejoras, ¿No se podría solicitar la devolución del canon o lo que hay que hacer es obligarles a que se realicen estas mejoras? o ¿se debe entender este canon como una mejora global que pagamos proporcionalmente? y otra cuestión si las empresas que gestionan los recursos hídricos son las responsables digamos totales en materia de aguas, ¿no es la agencia andaluza del agua la responsable de que no haya depuradoras en las aldeas?, porque esto es lo que viene diciendo el alcalde desde hace tiempo. Yo la verdad no lo sé, pero te pido que me eches una mano porque una de las cosas que queremos hacer es que se depure el agua de las aldeas, creo que nos lo merecemos todo y el medio ambiente también.
Una última cosa ¿la ley del 85, no es modificada por la del 46/1999?
Gracias por tu ayuda cascabullo, Iñigo Amian Azcoitia
 
P: Esa protección y mejora, indudablemente, será a través de la entidad que ingresa por este canon. Si me dices que los inspectores de las confederaciones tienen cada vez mejores probetas y mejores coches para llegar a los cauces a sacar las muestras, te diré que estoy de acuerdo y que yo otras mejoras no veo, o no las capto. ¿Si se podría solicitar la devolución de las multas? Intentarlo como futuros alcaldes o políticos, a ver qué pasa, en vuestras manos está la exención de esa tasa para todos los vecinos.

La ley de Aguas dice en alguno de sus apartados, que para obligar a una población, en este caso una Aldea de Aracena, a tener su propia depuradora es necesaria una cantidad mínima de habitantes, este dato tendría que buscarlo ya que no lo sé, pero probablemente vayan por ahí los tiros.

Con respecto a la ley de 1985, he puesto la más antigua, simplemente para que veamos que no es una ley de hace 2 días. Es ahora cuando empezamos a interpretar los consumidores, una factura de agua y de luz o teléfono, y saber por todos los conceptos por los que nos cobran. Saber a cuanto está el metro cúbico de agua o el kilovatio hora es muy importante para concienciarnos y tranquilizar nuestro bolsillo.

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